Trámite obligatorio para empresas sobre contratación de personas con discapacidad

El plazo para cumplir con el trámite obligatorio finaliza el 31 de marzo.

Si tu empresa tiene 50 trabajadores o más, debes saber que la ley obliga a reservar un 2% de la plantilla para personas con discapacidad (Artículo 42 del RDL 1/2013).

Además, cada año es necesario informar sobre la contratación de personas con discapacidad. Esta comunicación debe presentarse antes del 31 de marzo a la autoridad competente.

🔹 Si tu centro de trabajo está en Cataluña, este trámite debe realizarse ante la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo y Seguridad y Salud del Departamento de Empresa y Trabajo, salvo que cuentes con una resolución de excepcionalidad.

¿Necesitas ayuda? ¡Estamos aquí para acompañarte!

En Femtalent, el área de consultoría social de la Fundación Esclerosis Múltiple, ayudamos a las empresas a gestionar este trámite y a cumplir con la normativa.

Pero vamos más allá: te acompañamos para hacer de tu empresa un lugar más inclusivo y diverso, con:

  • Apoyo en selección de talento inclusivo
  • Jornadas de sensibilización y formación
  • Talleres sobre diversidad
  • Programas de voluntariado corporativo

¿Quieres más información? ¡Contáctanos! diversity@fem.es

 

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