Se aprueba la nueva ley de mecenazgo que facilita la desgravación de donativos. El Consejo de Ministros aprobó, el 19 de diciembre, un Real Decreto-ley que modifica la ley de mecenazgo.
Con el cambio se deja atrás una ley vigente desde hacía 21 años. La aprobación de la reforma legislativa estaba ya prevista. No obstante, se interrumpió en la pasada legislatura cuando se convocaron las elecciones al Congreso. Entonces, pese a que había un acuerdo político, no se había finalizado su tramitación. Esto ha obligado ahora a volver a realizar el procedimiento. La nueva ley entrará en vigor el 1 de enero de 2024.
Esta norma realiza modificaciones en el régimen fiscal de las organizaciones sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales del mecenazgo. En este sentido, facilita la desgravación en los donativos y aumenta hasta el 40% el porcentaje de deducción del IRPF.
Cambios en la ley de mecenazgo
1. Aumenta el porcentaje de deducciones de la cuota del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) por los donativos y aportaciones con derecho a deducciones. El porcentaje de deducción de las donaciones efectuadas por personas físicas pasa del 35% al 40%.
2. Amplía la cuantía de lo que se considera micromecenazgo proveniente de contribuyentes del IRPF, que pasa de 150 a 250 euros, manteniendo el porcentaje de deducciones actual del 80% para este tramo de donativos.
3. Aumenta el porcentaje de deducciones por las donaciones que cumplen los requisitos de recurrencia, pasando del 40 al 45% en el caso de las provenientes de personas físicas, y del 40 al 50% en el caso de las de personas jurídicas.
5. Posibilidad de que las personas donantes puedan recibir compensaciones simbólicas como bienes o servicios, siempre que no representen más del 15% del valor de la donación o por un valor máximo de 25.000 €.
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