Restauran la asimilación legal entre situaciones de incapacidad permanente y grado de discapacidad del 33% a efectos laborales
La equiparación favorecerá el acceso y la permanencia en la ocupación de las personas trabajadoras que adquieran una discapacidad estando activas laboralmente
La asimilación legal entre situaciones de incapacidad permanente de Seguridad Social y grado mínimo de discapacidad del 33% a efectos laborales, vuelve a estar vigente desde el 2 de marzo, después de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de empleo, que restaura esta equiparación.
Se recupera así, gracias a la acción de propuesta e incidencia políticas y legislativas del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), una asimilación legal aprobada en 2003, pero que por una serie de sentencias del Tribunal Supremo de 2018, por motivos técnicos, desapareció del ordenamiento jurídico ese año.
La restauración de esta pasarela entre situaciones de incapacidad de Seguridad Social (y clases pasivas) y discapacidad del 33% en cuanto a las medidas de acción positiva de la inclusión laboral, favorecerá el acceso y la permanencia en empleo de las personas trabajadoras que adquieren una discapacidad estando activas laboralmente, evitando su expulsión del mercado de trabajo.
Fuente: Diari de la Discapacitat. https://diarideladiscapacitat.cat/torna-lassimilacio-legal-entre-situacions-dincapacitat-permanent-i-grau-de-discapacitat-del-33-a-efectes-laborals/?mc_cid=31e6d3bd86&mc_eid=526969569d&nowprocket=1
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