Inicio / Qué hacemos / Servicios para personas con EM / Asesoramiento legal para personas con esclerosis múltiple

Con la esclerosis múltiple, muchas veces surgen dudas legales sobre las ayudas a las que podemos acceder o sobre cómo debemos solicitar un certificado de discapacidad. En la FEM, puedes consultarnos tus dudas sobre aspectos como prestaciones, pensiones y ayudas.
Además, contamos con la colaboración de los abogados del Colectivo Ronda, que están disponibles para apoyarte cuando se presenten situaciones complejas que requieran asistencia legal especializada.
Si tienes esclerosis múltiple, vives en Cataluña y necesitas orientación y asesoramiento legal, completa el formulario y envíanos tu pregunta. Las trabajadoras sociales de la FEM se pondrán en contacto contigo.
Si vives fuera de Cataluña, no podemos ofrecerte atención directa, pero puedes acceder a la Comunidad EM, que es en línea y gratuita. En la Comunidad encontrarás sesiones informativas, guías y mucho más.
Envíanos tu consulta
Para poder tramitar el reconocimiento del grado de discapacidad, es necesario que te dirijas presencialmente a una Oficina de Bienestar Social y Familia, o bien también puedes solicitarlo telemáticamente en la página web de la Generalitat de Cataluña. Esto permite que posteriormente se realice una valoración de tu situación de salud física y de tu estado psicológico y social actuales.
El reconocimiento de la discapacidad tiene como objetivo garantizar que las personas con discapacidad puedan acceder, en igualdad de condiciones, a los beneficios, derechos económicos y servicios que ofrecen los organismos públicos. Tener reconocido un grado de discapacidad del 33% o más y vivir en Cataluña facilita el acceso de las personas con discapacidad a derechos, servicios, programas y prestaciones que compensen las desventajas sociales o las barreras sociales que limitan su participación plena y efectiva en la sociedad.
Las compañías de seguros antes de contratar una póliza de salud solicitan al cliente que rellene un cuestionario donde hará constar las enfermedades diagnosticadas hasta ese momento. Una persona diagnosticada de esclerosis múltiple puede contratar un seguro de salud, si bien las consecuencias pueden ser:
a) La aseguradora no cubrirá gastos de tratamientos o servicios relacionados con la esclerosis múltiple o cualquier otra enfermedad diagnosticada con anterioridad a la contratación de la póliza.
b) La negativa de la aseguradora a aceptar personas con esclerosis múltiple como clientes, dado que al ser un seguro no obligatorio las aseguradoras no tienen la obligación de aceptar a todos los que quieran contratar la póliza.
La extinción de la relación laboral por parte del empresario se puede llevar a cabo en cualquier momento, se trate de un trabajador con esclerosis múltiple o de una persona sin ninguna enfermedad.
En cualquier caso, una vez el empresario decide extinguir el contrato hay que analizar el contenido de la carta de despido y las causas que se alegan para determinar si la extinción tiene amparo legal o no, y, por lo tanto, estamos ante un despido improcedente y por el que podemos realizar una demanda judicial. El despido también puede ser declarado nulo si es discriminatorio. En este caso, además de la readmisión se puede pedir una indemnización por vulneración de derechos fundamentales.
No. Únicamente es compatible con trabajar si la incapacidad laboral reconocida es la Total, y siempre que el hecho de trabajar no implique una mejora de las capacidades y del estado de salud de la persona con esclerosis múltiple.